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ABC de las Sucesiones en Colombia

¿Qué es un proceso de sucesión?

El proceso de sucesión es la figura jurídica por medio de la cual el patrimonio de un causante pasa a manos de sus herederos. El mismo es un requisito indispensable para que dicho cambio patrimonial ocurra con efectos plenos en el campo legal y comercial.

Plaza Legal le recomienda a sus clientes adelantar el proceso lo antes posible con el ánimo de que los efectos fiscales se puedan administrar de la mejor forma posible.

¿Qué entidades intervienen en un proceso de sucesión?

Las entidades que intervienen son básicamente cuatro. La notaría quien es la institución encargada de dar trámite al proceso y de validarlo, la superintendencia de notariado y registro quien valida la apertura del proceso, la secretaría de hacienda quien verifica los tributos a cargo del causante y la DIAN quien hace los mismo que la secretaría pero a nivel nacional.

Cada entidad es autónoma e independiente si bien se guían por tiempos de respuesta que tienden a constituir un parámetro. Plaza Legal le hace seguimiento a cada institución con el objeto de que su trámite concluya en el menor tiempo posible.

¿Cuáles son los pasos a seguir después de que el proceso de sucesión sale aprobado en notaría?

Después de que el proceso es aprobado el cliente debe registrar la escritura pública en la registraduría de instrumentos públicos que le competa a sus activos con el ánimo de que la trasferencia de propiedad cobre efectos hacia terceros.

Después de terminado el proceso, las partes cuentan con un periodo de tres meses para realizar el pago so pena de intereses.

El valor de los impuestos de registro y beneficencia es del 1.5% del valor total de los activos.

¿Qué requisitos mínimos se deben cumplir para efectos de poder dar trámite al proceso de sucesión?

El trámite de la sucesión notarial se da cuando los herederos son plenamente capaces, proceden de común acuerdo y presenten escrito por intermedio de apoderado judicial;  esta solicitud debe ser presentada personalmente por el abogado ante el notario del círculo notarial que corresponda.

Los requisitos mínimos para poder tramitar la sucesión ante notario son:

  • Herederos plenamente capaces.
  • Que haya acuerdo entre los herederos, no debe haber ninguna discrepancia en cuanto a la sucesión se trata.
  • Se debe presentar solicitud por escrito por intermedio de apoderado, es decir, se requiere de abogado.

Esta regla se encuentra establecida en el artículo 1° del decreto 902 de 1988 el cual fue modificado  por el decreto 1729 de 1989 artículo 1°.

¿Cuáles son los anexos que acompañan un proceso de sucesión notarial?

Los anexos que se deben aportar son los siguientes:

  • Solicitud de sucesión
  • Inventario de bienes
  • Trabajo de adjudicación
  • Escrituras públicas inmuebles
  • Paz y salvos fiscales
  • Certificados de tradición y libertad
  • Tarjeta de propiedad de vehículos
  • Certificado de tradición de vehículo
  • Paz y salvo fiscal vehículo
  • Constancia de saldos en cuentas bancarias.
  • Certificado de deceval caso acciones.

¿Cómo se deben distribuir los bienes de una sucesión?

Los bienes de una sucesión se deben distribuir en partes iguales entre los miembros de cada orden sucesoral.

Lo ordinario es que el 50% de los bienes quedan a favor del conyugue supérstite y el 50% restante a favor de los hijos en partes iguales.

¿Cuánto tiempo tarda el proceso de sucesión notarial?

El proceso tiene una duración de aproximadamente 3 meses, pero cada caso en particular presenta obligaciones particulares que pueden generar que el trámite sea más rápido o lento.

¿En qué consiste el deber de realizar la declaración de renta parcial?

La DIAN debe aprobar la sucesión que se tramita. Durante el proceso es la última oportunidad con la que esta institución cuenta para efectos de cobrar los impuestos pendientes.

Es por eso que una solicitud muy común es que se solicite a los herederos que tramiten la declaración de renta del año en curso, así sea una declaración parcial, con el ánimo de realizar dicho cobro y cerrar el expediente del contribuyente.

 

¿En qué caso no se requiere de intermediación de un abogado?

Las sucesiones de mínima cuantía (por debajo de 30SMLV) pueden ser tramitadas directamente por las partes interesadas.

¿Cuáles son las clases de sucesiones por causa de muerte?

  • Intestada ( sin testamento)
  • Testada ( con testamento)

¿Qué una sucesión intestada?

Es cuando la persona que fallece, deja sus bienes, para ser repartidos entre sus herederos, sin testamento.

¿Qué es una sucesión testada?

Es cuando la persona que fallece, deja sus bienes, a sus herederos en forma ya determinada a estos, en la cantidad y calidad ya establecido por el.

¿Qué son los asignatarios?

Son los que tienen derecho a suceder en sus bienes y deudas, al causante (muerto).

¿Cuáles son las clases de herederos?

  1. Legatarios: su derecho es a título singular. Heredan uno o varios bienes determinados por el causante. Sólo se presenta este tipo en una sucesión testada.
  2. Herederos: Tienen un derecho de contenido patrimonial y universal, todos tienen derecho sobre todos los bienes del causante, puede ser por una sucesión, testada o intestada.

¿Todos heredan a la vez?

Los herederos son organizados por ordenes sucesorales, para aceptar o repudiar la herencia.

Cada orden excluye al siguiente. Es decir, si hay hijos los ascendientes no heredan, pero si no los hay reciben en nombre de los primeros.

¿Cuáles son las ordenes para suceder a un causante?

  • Primer orden: Hijos (adoptivos, extramatrimoniales, legítimos)
  • Segundo orden: Los ascendientes del grado más próximo. Padres, abuelos, etc. Con ellos concurre el cónyuge.
  • Tercer orden: Los hermanos y el cónyuge, conjunta o separadamente.
  • Cuarto orden: Los sobrinos del causante.